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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1130
DECRETO DE VEINTE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES (UTILIDADES, NO REPARTIDAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1130
Como el Decreto de veinte de enero de mil novecientos cuarenta y tres, es en sí retroactivo por disposición expresa del legislador, debió reclamarse oportunamente su inconstitucionalidad en la vía de amparo, y si no se hizo, el Tribunal Fiscal no incurre en violación de garantías al observarlo en sus términos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7172/46. Compañía Urbanizadora, S.A. 6 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.