Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321169
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1387
VEHICULOS, IMPORTACION TEMPORAL DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1387
No comprobado que un vehículo retornó a su país de origen dentro del término que para ello tiene el que lo importó temporalmente, dicho importación debe considerarse definitiva.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7519/44. "Central de Fianzas", S. A. 14 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Téllez. La publicación no menciona el nombre del ponente.