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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321174
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1422
ELECTRICIDAD, NOTIFICACION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL EN LAS CONTROVERSIAS SOBRE USO INDEBIDO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1422
La notificación personal del acuerdo por el que se fijan día y hora para el desplegado de la prueba testimonial, ofrecida en la inconformidad contra un dictamen que impone una multa por uso indebido de energía, no constituye una formalidad esencial del procedimiento. Por otra parte, ni la Ley de la Industria Eléctrica ni el reglamento, exigen que tal notificación se haga personalmente, de modo que la omisión de esa forma no importa violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7427/46. Muñoz José Antonio Amador. 17 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.