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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1620
SUPERPROVECHO, NO ES NORMA DE EMERGENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1620
Ni la expedición, ni el cumplimiento de la Ley del Superprovecho, pueden estimarse como norma de emergencia, ni como actos realizados en ejecución de las mismas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8249/44. "Ford Motor Company", S. A. 24 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Agustín Téllez López.