Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321188
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1631
SUPERPROVECHO, IMPUESTO POR.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1631
Si bien es cierto que el Impuesto del Superprovecho quedó abolido desde el primero de enero de mil novecientos cuarenta y dos, como estuvo vigente hasta el treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno, puede gravitar sobre ganancias obtenidas hasta esa fecha.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8442/46. Toscano Roberto. 24 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Agustín Téllez López.