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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1839
POSESION, PROTECCION A LA ( LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1839
La protección de la posesión, a favor de los particulares, contenida en el artículo 14 constitucional, no debe quedar supeditada a requisitos que para la misma establezcan leyes secundarias y, por lo mismo, si la Ley Catastral de Sinaloa o el Código Civil imponen exigencias de avisos y registros por parte de los poseedores ante determinadas autoridades, el incumplimiento de los dispositivos de dichas leyes, no puede hacer nugatoria la protección que otorga el precepto constitucional citado, ni es posible estimar justificada la desposesión llevada a cabo por una autoridad sólo por la ignorancia de ésta, respecto de los derechos posesorios ejercitados por el agraviado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6313/45. Alvarez Hernández Alejandro y coagraviados. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.