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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2184
MARCAS, IMITACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2184
No basta que dos marcas por ejemplo "alfa" y "apsa" empiecen y terminen con la misma vocal, para estimar que fonéticamente son semejantes, ya que fácilmente se advierte que en la primera concurre el sonido fuerte y largo de la letra p, lo que descarta toda posibilidad de confusión de ambas palabras, con tanta mayor razón, si los clichés de ambas marcas, y las palabras añadidas a las mismas, apartan toda posibilidad de confusión y la autoridad responsable debe de analizar todos los puntos alegados por el quejoso, en sus defensa, estudio que no puede hacer la Suprema Corte, sin que previamente lo realice la autoridad responsable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4322/44. Lizaola López Luis. 12 de marzo de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Disidente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.