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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2306
CHICLE, IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO POR LOS PRODUCTORES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2306
Si la relación existente entre el productor y los trabajadores extractores de chicle, tiene las notas o características de un contrato de trabajo, debe estimarse que la Junta Calificadora obró legalmente, al no aceptar como deducibles, para los efectos de la determinación del impuesto causado por dicho productor, las cantidades pagadas a los trabajadores chicleros, por ser éstas, sueldos, y en consecuencia, esa autoridad no puede incurrir en infracción a lo dispuesto por el artículo 38, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al considerar que el producto estaba obligado a cubrir el impuesto en Cédula IV, señalado por dicho ordenamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 76/47. González Laureano. 14 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.