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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2312
AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2312
Existe motivo de improcedencia, si la resolución imputada a las autoridades responsables fue sustituida por la resolución que, a su vez, dictó el Tribunal Fiscal de la Federación; máxime si el quejoso, en este aspecto, siguió el juicio de nulidad que ha provocado la interposición del presente amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6889/45. Rojas Alberto P., Jr. 14 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.