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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2369
IMPUESTOS, REQUISITOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2369
La primitiva tesis, visible en el Apéndice al Tomo LXXVI del Semanario Judicial de la Federación, número 500, página 812, fue contrariada por la que aparece en el número 489, página 794, en el referido Apéndice. Según este último criterio, el Poder Legislativo, aunque tiene una competencia amplia en tal materia, no posee facultades omnímodas para decretar impuestos, entre otras, que el tributo sea equitativo y proporcional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2011/46. Compañía "Topo Chico", S.A. 17 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.