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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2599
ACTOS CONSUMADOS, SUSPENSION CONTRA LOS EFECTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2599
Tratándose de actos consumados, que en principio puedan tener efectos y consecuencias que aun no se realicen, para que pueda concederse la suspensión respecto de esos efectos y consecuencias, es necesario que en la demanda se expresen en forma concreta y especifica, para que el Juez Federal este en aptitud de juzgar si son susceptibles de suspenderse; pues si no se precisa cuales son esos efectos y consecuencias, no es posible emitir un juicio por lo que toca a la procedencia o improcedencia de la suspensión, ni decretar esta, ya que el Juez Federal debe especificar concretamente los actos cuya suspensión ordena.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 237/47. Cooperativa de Ejidatarios y Obreros del Ingenio del Mante, S.C.L. 20 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.