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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321310
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2689
DEMANDA DE AMPARO, DOCUMENTOS FUNDATORIOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2689
La presentación de documentos fundatorios de la demanda que el Juez de Distrito exija como aclaración de la misma, no constituye ninguno de los requisitos que, deben llenarse al promover el juicio de amparo, con arreglo a los artículos 116 y 146 de la ley orgánica relativa, sino que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la misma ley, las pruebas deben ofrecerse y rendirse en la audiencia del juicio no obstante que la documental pueda presentarse con anterioridad, siendo ésta una facultad potestativa del interesado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 643/47. Romano Eduardo. 24 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.