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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 80
HENEQUEN, FACULTADES DE LA COMISION ENCARGADA DEL ESTUDIO DE LAS RECLAMACIONES MOTIVADAS POR AFECTACION A LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRICOLA, DEDICADA AL CULTIVO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 80
Esta comisión no está dotada de potestad y de imperio, pues el decreto que la creó, le confiere únicamente atribuciones de estudio de las reclamaciones presentadas por los propietarios afectados en el Estado de Yucatán, y si en el amparo, no se reclama de dicha comisión, ningún acto ejecutivo que pudiera constituirla en una autoridad de facto, el amparo es improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5967/46. Quintal Avelino. 3 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Franco Carreño.