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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 351
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 351
Debe declararse infundado el agravio hecho valer, si deja en pie el correspondiente argumento de la sentencia recurrida, es decir, si no destruye la consideración en que se basó el Juez de Distrito en su sentencia de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 545/46. "Almacenes Nacionales", S.A. 7 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.