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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 748
ACTO RECLAMADO, NEGACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 748
Si la autoridad responsable niega haber ejecutado el acto que se le atribuye, la carga de la prueba recae sobre el quejoso, pues es de explorado derecho que cuando las autoridades responsables niegan los actos reclamados, su afirmación debe tenerse por verídica, mientras el afectado no rinda pruebas suficientes y bastantes para destruir la negativa, pues de lo contrario, debe sobreseerse en el juicio, sin estudiar otras cuestiones que únicamente podrían tratarse en el supuesto de que estuviera demostrado la existencia del acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6284/46. Chacón de Ulloa Ventura. 17 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.