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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 794
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS FACULTADES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 794
Según jurisprudencia de la Corte, las autoridades administrativas no pueden revocar sus propias determinaciones, cuando establecen derechos en favor de tercero.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8966/40. Comisariado Ejidal del Poblado de Maravillas, Municipio de Ciudad Cerdán, Puebla. 18 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.