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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 797
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 797
Según jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, carecen de facultad para privar de sus posesiones o derechos a los particulares, lo que no puede hacerse sino por la autoridad judicial y en los términos que la Constitución previene.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1497/44. García Barraza José y coagraviados, como talladores de ixtle, del predio "El Amparo", del Municipio de Saltillo, Coahuila, y de 677 predios más, en las jurisdicciones de Coahuila, Nuevo León, San Luis Potosí, Zacatecas y Tamaulipas. 18 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.