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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321464
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 812
EXPROPIACION EN NUEVO LEON, NOTIFICACIONES EN MATERIA DE, POR MEDIO DEL PERIODICO OFICIAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 812
Si del texto del decreto expropiatorio reclamado en el amparo, publicado por dos veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, se advierte que el gobernador de dicha entidad no alude siquiera a los nombres de las personas afectadas y omite, por consecuencia, determinar a la parte quejosa, haciendo mención solamente de las superficies expropiadas; y tampoco consta que dicho funcionario se haya preocupado por ordenar investigación alguna para establecer la identidad de los interesados y el domicilio de los mismos, que pudo obtener de las oficinas administrativas respectivas, debe estimarse irregular la notificación hecha por medio de publicaciones en el Periódico Oficial, por no haberse respetado el requisito de señalar el nombre y domicilio de los afectados, que establece el artículo 4o. de la Ley de Expropiación de seis de diciembre de mil novecientos treinta y ocho, del Estado de Nuevo León.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3350/46. Villanueva Cisneros Ofelia. 18 de octubre 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.