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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1209
DESISTIMIENTO DEL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1209
Aunque de las constancias de autos no aparezca que se haya acordado ya, el desistimiento del quejoso por lo que hace al juicio principal, sin embargo si en forma expresa se desiste del incidente de suspensión, tomando en consideración que la materia incidental la constituyen los actos reclamados, previa petición de suspensión de los mismos, por parte de los quejosos, según lo previene el artículo 124, fracción I, de la ley que reglamenta el amparo, el desistimiento expresado, induce a declarar sin materia dicho incidente.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6433/46. Martínez García Oscar. 28 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.