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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1281
INFORME JUSTIFICADO, NO PUEDE RENDIRSE SIMULTANEAMENTE CON EL PREVIO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1281
No existe precepto alguno que faculte al Juez de Distrito a tomar en consideración en el cuaderno principal del amparo, el informe justificado rendido por la autoridad responsable, simultáneamente con el informe previo en el incidente de suspensión, ya que se trata de piezas de autos que se tramitan separadamente y siguen vida independiente; y el propio Juez tampoco está facultado para suplir de oficio esa deficiencia, mandando requerir a la autoridad responsable para que exhiba, en el cuaderno principal, copia del oficio en que se ha rendido el informe, en las condiciones apuntadas; y como la irregularidad de que se trata implica la falta de informe justificado, debe presumirse cierto el acto reclamado e imponerse a la autoridad la multa correspondiente, de acuerdo con el artículo 149, párrafos tercero y cuarto, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5428/46. Pozos y Pozos Rafael. 30 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.