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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1368
LEYES, EFECTOS DEL AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1368
Cuando se concede el amparo contra la expedición de una ley por el Congreso de la Unión, contra su promulgación, obligación y aplicación, por otras autoridades, debe considerarse a la primera autoridad, como ordenadora y a la demás como ejecutoras, y por tanto, éstas no pueden interponer revisión, de acuerdo con la jurisprudencia establecida al respecto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8678/44. Compañía Minas Borda de Taxco, S.A. 4 de noviembre de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Manuel Bartlett. Ponente: Agustín Téllez López