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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1448
TRABAJADORES, IMPUESTOS A LOS (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1448
La obligación impuesta por la Ley de Ingresos para mil novecientos cuarenta y cinco, de que los patronos retengan el impuesto, lo manifiesten y lo enteren, con sanciones por incumplimiento, es violatorio de garantías.
Precedentes
Tomo XC, página 3076. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2631/44. Compañía Minera de Peñoles, S.A. 30 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XC, página 1448. Amparo administrativo en revisión 5728/45. Las Compañías Mineras de Peñoles, S. A., Metalúrgica de Peñoles, S. A. y coagraviados (acumulados). 7 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.