Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321549
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1518
COLONOS, SOLICITUDES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1518
Aunque es cierto que el artículo 20 del Reglamento de la Ley Federal de Colonización establece que una vez concedido el plazo para la presentación de solicitudes, se resolverá sobre su admisión y, asimismo, que la Secretaría de Agricultura y Fomento queda facultada para restringir o evitar la admisión de colonos que, a su juicio, no sean convenientes, dicha atribución no puede ejercitarse sino cumpliendo con el mandamiento del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5680/46. Candia Franco Federico. 8 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.