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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1665
PAN, PROHIBICION DE SU VENTA AL PUBLICO, EN CAFES DE NACIONALES CHINOS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1665
El Poder Ejecutivo está facultado, conforme a los artículos 16, 27, 29 y 30 del Decreto Número 41 de la H. Legislatura Constitucional del Estado y 27 y 79, reformado, de la Ley de Hacienda del mismo, para ordenar a las Oficinas Fiscales o inspectores del Comercio del Estado, que prohiben a los restaurantes o cafés de nacionales chinos, la venta al público, del pan que fabrican, debiendo limitarla exclusivamente a los consumidores del mismo, dentro de sus establecimientos comerciales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6899/46. "Café de la Victoria", S. de R.L. 13 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.