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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2247
IMPUESTOS, REQUISITOS PARA FIJARLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2247
Los causantes nunca pueden hablar de haber adquirido el derecho inmodificable a seguir pagando sus contribuciones de acuerdo con las bases establecidas por una ley determinada, por lo que no se necesita que las leyes de impuestos que se vayan expidiendo por la autoridad legislativa, establezcan un procedimiento en forma de juicio, en el que se exprese si los causantes deben seguir pagando sus impuestos conforme a la antigua o a la nueva ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2628/42. Edificios Vasconia, S.A y coagraviados. 30 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.