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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2255
AGRAVIOS, REMITIENDOSE A LOS EXPUESTOS POR LA OTRA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2255
Si una autoridad responsable, al interponer un recurso de revisión, se remite a los agravios que deberá expresar otra autoridad también responsable, al interponer su recurso de revisión, el interpuesto por aquélla, carece de materia, por no existir propiamente formulación de agravios y porque tal remisión no es un procedimiento autorizado por la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6181/40. Ruiz Jesús T. y coagraviados. 30 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.