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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1666
AUTORIDADES RESPONSABLES, INFORME DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1666
No está permitido a las autoridades responsables corregir en su informe justificado, la violación de la garantía constitucional en que hubieran incurrido, al no citar en el mandamiento o resolución reclamados, las disposiciones legales en que pudieron fundarse, porque tal manera de proceder priva al afectado de la oportunidad de defenderse en forma adecuada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6899/46. "Café de la Victoria", S. de R.L. 13 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.