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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 298
MARCAS, IMITACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 298
La resolución sobre existencia o inexistencia de imitación entre dos marcas, corresponde exclusivamente a la Secretaría de la Economía Nacional y sólo cuando dicha calificación es notoriamente inaceptable, porque los hechos son de tal manera objetivos, que no pueden provocar una duda racional, es posible censurar la misma, en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8005/45. Productos Sol-Mex, S.A. 8 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.