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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 405
NOTIFICADORES ESPECIALES, COBROS HECHOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 405
Demostrado que un notificador especial recibió una cantidad de un particular, por concepto de un pago oficial, si dispone indebidamente de ello, incurre en responsabilidad oficial, que está garantizado por la fianza respectiva, independientemente de la responsabilidad penal en que pueda haber incurrido.
Precedentes
Amparo Administrativo en revisión 8124/44. Arcos Moyado Juvenal. 10 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.