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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 689
DEVOLUCION DE IMPUESTOS PAGADOS DE MAS, POR TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 689
La acción para pedir la devolución de impuestos pagados de más, no compete a quienes no hacen el pago por cuenta propia, sino por terceros, pues es a éstos a quienes incumbe discutir la improcedencia del cobro y la consiguiente acción de devolución y sus consecuencias.
Precedentes
Tomo LXXXIX, página 3526. Indice Alfabético. Amparo 3662/45. Oliva Hermanos y Compañía. 19 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIX, página 689. Amparo administrativo en revisión 9305/44. "Onésimo Elizondo", S de R.L. 19 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.