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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 900
PERMISOS DE RUTA, CONCESION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 900
El requisito de que una cooperativa se registre ante la Secretaría de la Economía Nacional sin lo cual no está reconocida legalmente la personalidad de la sociedad, no significa, en manera alguna, que por el solo hecho de haber quedado inscrita y registrada, tenga forzosamente que otorgarse por la autoridad competente, que no es la secretaría citada, los permisos de ruta que solicite de la Secretaría de Comunicaciones, única capacitada para el caso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1657/46. Cooperativa de Permisionarios de Transporte de Pasajeros, S. C. L. 24 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.