Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321707
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 911
CAPITAL CONTABLE Y CAPITAL CONSTITUTIVO, DIFERENCIA ENTRE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 911
No debe confundirse el capital contable de una sociedad con el capital constitutivo, ya que no deben de estimarse como pasivo, las utilidades no retiradas de años anteriores puesto que no son dividendos decretados, conforme al artículo 10 de la Ley del Superprovecho, sino únicamente utilidades acumuladas que forman parte del activo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1564/46. Herculano Piñero y Compañía., S.C.M. 24 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.