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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1402
CITACION AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1402
No basta que las autoridades afirmen haber citado a las partes al procedimiento, sino que es necesario que lo demuestren y no son los afectados los obligados a probar que no se les citó, sino que esa carga pesa sobre las autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5807/42. López Benítez Federico y coagraviados. 5 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González.