Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321757
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1751
MARCAS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1751
El artículo 166 de la Ley de la Propiedad Industrial se contrae a la cancelación de inscripción o registro de usuario de marca, por lo que no es aplicable, por ser distinta, jurídicamente, a la cancelación del registro de la marca.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2255/46. Industrias Unidas, S. A. 15 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.