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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1826
AMPARO, ALCANCE DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1826
El artículo 22 de la Ley de Amparo no limita su aplicación a las disposiciones expedidas por el Congreso Federal, sino que al referirse a "leyes", abarca todas las disposiciones de observancia general, sin hacer distinción alguna entre leyes propiamente dichas, reglamento y decretos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. 8928/45. Cobel Fernández Antonio. 19 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Téllez. La publicación no menciona el nombre del ponente.