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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1968
TRIBUNAL FISCAL, PRUEBAS ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1968
El Tribunal Fiscal debe apreciar las pruebas que no se ofrecieron en la fase oficiosa del procedimiento contra una multa por infracción a Ley del Impuesto sobre Aguamiel y Productos de su Fermentación, ya que ni en ésta ni en su reglamento, se concede un periodo de prueba a los presuntos infractores, para exonerarse de los cargos que les hagan; máxime, si el Departamento del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas y Azúcar no dio al quejoso oportunidad para hacer su defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3038/6. Zarco León. 22 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño