Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321781
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2068
AUTORIDADES EJECUTORAS, EXISTENCIA DE SUS ACTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2068
No obstante que la autoridad señalada como ordenadora, niegue los actos que le fueron imputados, es inadmisible que de tal circunstancia se infiera que, no existiendo la orden, deba sobreseerse en cuanto a las autoridades ejecutoras, si éstas, del informe que rindieron, aparece que sí han intervenido, aunque en forma distinta a la manifestada por la quejosa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4206/46. Moreno Flores Isaura. 23 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.