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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2228
ESTUDIANTES, EXPULSION DE LOS, POR AUTORIDADES EDUCATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2228
Aunque la expulsión de un estudiante de su escuela, constituye una medida disciplinaria, y el otorgamiento de una beca, una gracia del Estado, si tanto esa expulsión como la cancelación de la beca, se dictan por las autoridades educativas correspondientes, sin la debida fundamentación legal, tales actos son violatorios de las garantías consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que un elemental principio de protección del individuo frente al Estado, es el de legalidad, tácitamente consignado en dichos preceptos, principio conforme al cual, una autoridad no puede dictar determinada resolución o acto concreto alguno, sino con fundamento en una ley anterior.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4296/44. Díaz Lara Esperanza y coagraviada. 28 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.