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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2946
EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2946
La jurisprudencia en el sentido de que es improcedente el amparo en materia agraria, solamente es aplicable cuando se impugna una resolución dotatoria de tierras y aguas, mas no cuando lo que se combate es su infundada ejecución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7721/45. Compañía Agrícola y Ganadera de San Evaristo, S. A. 20 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Barttlet B. La publicación no menciona el nombre del ponente.