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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3102
MULTAS POR INFRACCIONES A LEYES FORESTALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3102
El recurso establecido en diversas fracciones del artículo 262 del Reglamento de la Ley Forestal, se establece en contra del acto material de la imposición de las multas, por conceptos de infracciones a las leyes relativas, y no al caso concreto como el que se plantea, en el que se ventiló el cobro de esas multas, y si se viene en conocimiento de que el agente general de la Secretaría de Agricultura, en vez de proceder en los términos indicados en el artículo 262 del Reglamento de la Ley Forestal, ordenó a las autoridades fiscales señaladas como responsables que procedieran al cobro de las cantidades que importan las multas, en estas condiciones, es indudable que se violan en perjuicio del quejoso, garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5779/46. Torres José Daniel. 25 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.