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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3132
AUDIENCIA, GARANTIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3132
No tiene razón la autoridad recurrente al asentar que la parte quejosa fue oída, puesto que se le hizo sabedora de la medida acordada; porque la garantía de audiencia tiene que ser de cumplimiento previo y no posterior al acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 507746. Sociedad Cooperativa Distribuidora de Carnes, S. C. L. 26 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.