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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3144
ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3144
El artículo 21 de la Ley de Amparo no exige que el conocimiento del acto reclamado, para el efecto de computar el término de interposición de la demanda, sea a través de la notificación que hagan las autoridades responsables, y por lo mismo, debe estimarse que tal conocimiento puede derivar de algún otro hecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5847/46. Torres Benjamín. 26 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.