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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3176
GESTION OFICIOSA, NO EXISTE EN MATERIA FISCAL (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3176
Como en la ley para el ejercicio de la facultad económico-coactiva no está prevista la gestión oficiosa, y por otra parte el código procesal civil, en el capítulo en que regula esa institución, no puede ser subsidiariamente aplicable a la materia fiscal, debe concluirse que en ésta no existe la gestión oficiosa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4936/46. García Sobrevilla Manuel y coagraviados. 26 septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.