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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3180
PRESIDENTES MUNICIPALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3180
En controversias que sólo pueden ser dirimidas por las autoridades judiciales, la intervención de una autoridad municipal, no puede quedar justificada con el propósito expresado por dicha autoridad, de armonizar los intereses de las partes en conflicto mientras las autoridades judiciales que intervengan, resuelvan lo conducente, pues ningún precepto legal da facultades a los presidentes municipales para intervenir en esas circunstancias.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4973/46. Treviño Cantú Mario. 26 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.