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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 248
MULTAS, JUSTIFICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 248
Las multas solamente encuentran justificación cuando está comprobada la existencia de la infracción que las haya motivado, demostración que únicamente puede realizarse a través de las actas correspondientes y, por tanto, la autoridad no satisface este requisito si no acompaña a su informe las actas mencionadas, a fin de poder decidir la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6222/45. Froylán Reyes Olivo y coagraviados. 5 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausencia: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.