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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 560
AGUAS AUTORIZACIONES PROVISIONALES TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 560
El artículo 37 de la Ley de Aguas no es aplicable al caso de autorizaciones provisionales y, por tanto, estas no deben ser dictadas precisamente por el titular de la Secretaria de Agricultura y Fomento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4910/45. Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey, S. A. 10 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.