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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 785
REVOCACION, EFECTOS DEL AMPARO POR FALTA DE AUDIENCIA EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 785
Habiéndose concedido la protección constitucional para que un juicio especial de revocación no se siguiera a espaldas del quejoso, como se había hecho, la sentencia de amparo no produce el efecto de dejar sin valor la demanda en dicho juicio, ya que de suerte pudiera privarse ilegalmente de su derecho al actor, por el transcurso del término legal para diversa promoción de otro juicio especial de revocación y, por tanto, la restitución al agraviado, se opera oyéndosele en el citado juicio de revocación.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 683/45. "Industrias Bruning", S. A. 13 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.