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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1144
ESTADISTICAS, FORMACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1144
No es la Secretaría de Agricultura y Fomento la dependencia del Ejecutivo Federal que disfruta de facultades para llevar al cabo la formación de estadísticas, por no cumplirse los extremos del artículo 5o., de la Ley Federal de Estadísticas, que requiere que las secretarías, departamentos administrativos, y demás oficinas autónomas, para formar estadísticas especiales; deberán estar autorizados por acuerdo presidencial y siempre que se reúnan estos otros requisitos que se encuentren en situación particularmente favorable para la recolección de los datos y que el despacho eficaz de los negocios de la unidad respectiva así lo exija, ocasión en que la Secretaría de la Economía Nacional, a juicio de la misma, podrá integrar en la dependencia de que se trata una junta de estadística bajo la presidencia de un delegado de la citada secretaría, y los trabajos que se realicen serán de acuerdo con las normas técnicas que establezcan el organismo a que se refiere el artículo 1o., del propio ordenamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9886/43. "San Ildefonso", Fábrica de Tejidos de Lana, S. A. 26 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.