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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2264
TERRENOS NACIONALES, RECURSOS EN EL CASO DE ARRENDAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2264
El recurso ordinario establecido en el artículo 73 del reglamento de siete de febrero de mil novecientos treinta y nueve, del decreto de primero de junio de mil novecientos treinta y cuatro, no debe agotarse antes de ocurrir al amparo, pues aunque dicho precepto establece un medio de defensa contra el arrendamiento de terrenos que indebidamente se consideren nacionales, no suspende los efectos del acto, por lo que no es aplicable la fracción XV del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7312/45. Valenzuela Ernesto. 13 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño