Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321991
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2265
TERRENOS NACIONALES, PROPIEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2265
La tesis de que el Juez Federal no pueda examinar los títulos exhibidos y declarar quién es el verdadero propietario de un inmueble, sin que antes haya sido resuelta esa cuestión por los tribunales comunes, no se refiere al caso en que la autoridad pretende privar a una persona de sus propiedades, alegando que no son de ella sino de la nación, pues en ese caso sí está capacitado el Juez Federal para establecer, para los únicos efectos del amparo, si el quejoso demuestra que el inmueble cuestionado es de su propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7312/45. Valenzuela Ernesto. 13 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.